Para tener
en cuenta:
AUTORIZACIÓN DE
PODA.
De acuerdo a ordenanzas vigentes se autoriza solo a podar
ramas secas, quebradas o que se hayan desarrollado por debajo de los 2,20 m.
contando desde el nivel de la vereda o de 3,50 m. de altura contando desde la
calzada separándonos un metro del cordón vereda hacia el centro de la calle. No
se autoriza a cortar ramas que se desarrollen en altura, es decir hacia arriba
de la copa, ni las que superen a los 10 m. de diámetro, no se autoriza a
reducir la altura o el volumen de la copa. No se autoriza a modificar la forma
natural del árbol. En caso de conflicto de tendido de líneas aéreas con ramas
en altura, o con el alumbrado público, estas serán podadas por la municipalidad
con equipo y personal propios o por las empresas prestatarias previa
autorización escrita por parte de este municipio.
AUTORIZACIÓN DE
CORTE DE RAÍCES.
En caso de daños en la vereda o cordón se autorizará al
frentista al corte de raíces superficiales (hasta 20 cm. De profundidad
contando el nivel actual de la vereda) cuando proceda la reparación de la misma
y demás podrá ampliar la cazuela hasta en un 40% del ancho de vereda. En caso
de rotura de verja o invasión de raíces al jardín de la propiedad, estas se
podrán autorizar a cortar. En ambos de conflicto entre una raíz con el tendido
de empresas prestatarias de servicios públicos, (cableado subterráneo o
cañerías de agua o gas) se autorizará a la empresa prestataria correspondiente
a despejar la línea, previa escrita por parte de la misma.
AUTORIZACIÓN DE
EXTRACCIÓN.
En caso de que se autorice la extracción del ejemplar, el
frentista procederá por cuenta propia a la remoción del mismo en un plazo no
mayor a los (60) sesenta días, luego de ese plazo la presente autorización
quedará sin efecto debiendo el
interesado iniciar un nuevo trámite.
En caso de extracción frentista deberá tomar todos los
recaudos a fin de que los trabajos se realicen de manera segura y a fin de no
interferir con las distintas redes de servicios, notificando a las empresas prestatarias
de los posibles daños a cables o cañerías. Los árboles deberán ser
repuestos en un plazo no mayor a los (5)
días a partir de la fecha de la extracción, para ello se deberá consultar en la
oficina de Parques y Paseos acerca de la lista de especies autorizadas. Él
frentista deberá proceder a reponer por
cuenta propia los ejemplares que haya extraído, los mismo deberán tener una
altura no inferior a los 2.20 m. sin tener en cuenta el envase en el que se lo adquiere,
el diámetro mínimo del tronco deberá ser de 5 cm., esto medido a 0,50 m. de
altura del cuello de raíces (desde donde comienza el tronco), al momento de
plantarlo deberá realizar un hoyo de por lo menos 0.60 cm. De profundidad
rellenándolo con buena tierra vegetal, cuidando que el cuello del árbol quede a
10 cm. Por debajo del nivel de la vereda, de esta manera el nuevo árbol
desarrollará sus raíces en profundidad reduciendo las posibilidades de
producir daños en vereda o construcciones, no obstante a fin de que se
desarrolle sus raíces en profundidad
deberá ser regado frecuentemente,
2 a 3 veces por semana. La cazuela
mínima será de 0.60 x 0,60 m. y podrá ampliarse hasta en un 40% del
ancho de la vereda. El nuevo ejemplar deberá ser plantado a una distancia de 30
cm. Contando desde el lado interno del cordón vereda. Se deberá colocar un
tutor de madera de 1 x 2 pulgadas y 2,50
m. de alto, vinculándolo al ejemplar con hilo de algodón o sisal. En caso
de daño, o mortalidad del ejemplar el frentista deberá proceder de
inmediato a una nueva reposición.
El resultante de la poda o extracción deberá ser retirado de la vía pública por el frentista en un
plazo no mayor a las 24 horas de
realizados los trabajos.
Ante las problemáticas que suceden en
los barrios de la Ciudad es muy favorable conocer acerca de las autorizaciones
de poda, autorización de cortes de raíz y autorizaciones de extracción de
árboles. Para poder trabajar sobre problemas ocasionados en los barrios de la
Villa con respecto a los árboles mal ubicados, no podados, caídos, es necesario
cumplir con éstas ordenanzas.
Un claro ejemplo es lo sucedido hoy por la
madrugada en Villa Carlos Paz con los grandes destrozos que ocasionó el fuerte
viento el arrasó sobre la ciudad.
Ráfagas de viento que alcanzaron los
80 km por hora causaron destrozos en varios sectores de Villa Carlos Paz, lo
que llevó a la evacuación de familias y que algunos barrios permanezcan sin luz
por el caído del tendido eléctrico.
Durante la madrugada hubo muchos
árboles caídos, que terminaron por arrastrar al piso los cables eléctricos y de
teléfono. Además, se registraron voladuras de techos lo cual obligó a evacuar a
varias familias.
Más allá de todos los problemas que
hubo, el personal municipal actuó rápidamente para despejar todas las calles
que estaban bloqueadas por las ramas y árboles caídos e impedían el paso.
En el hospital se atendieron casos de
personas con contusiones menores producto de golpes y fuertes impactos a raíz
de los vientos.
Sobre San Martín, la caída de un árbol
interrumpe el tránsito.